Los derechos de las personas afectadas por desastres pueden verse afectados en distintos niveles. Por ejemplo, falta de seguridad y protección, acceso desigual a la asistencia, discriminación en la prestación de ayuda y separación de familias.
Por ese motivo, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) se ha encargado de reconocer los derechos de las personas afectadas por desastres. Con la finalidad de proteger a las víctimas, elaboró una guía con lineamientos generales que deben ser cumplidos en todos los países del mundo.
La guía de la ONU destaca que los derechos humanos abarcan no sólo los derechos civiles y políticos, sino también los derechos económicos, sociales y culturales. Sin embargo, en medio de un desastre, a menudo es difícil promover simultáneamente todos los derechos de todos los afectados. Entonces, por razones prácticas, divide los derechos humanos en cuatro grupos:
Grupos de derechos de las personas afectadas por desastres
- Derechos relacionados con la seguridad e integridad física (por ejemplo, protección del derecho a la vida y el derecho a no sufrir agresiones, violaciones, detenciones arbitrarias, secuestros y amenazas a estos derechos);
- Derechos relacionados con las necesidades básicas de la vida (por ejemplo, los derechos a la alimentación, el agua potable, la vivienda, la ropa adecuada, los servicios de salud adecuados y el saneamiento);
- Derechos relacionados con otras necesidades de protección económica, social y cultural (por ejemplo, los derechos a recibir educación o acceso a ella, a recibir restitución o compensación por la pérdida de propiedad y al trabajo);
- Derechos relacionados con otras necesidades de protección civil y política (por ejemplo, los derechos a la libertad religiosa y la libertad de expresión, documentación personal, participación política, acceso a los tribunales y no discriminación).
La guía sugiere que los dos primeros grupos de derechos pueden ser los más relevantes durante la fase de emergencia para salvar vidas. Sin embargo, se insiste en que solo el pleno respeto de los cuatro grupos de derechos puede garantizar una protección adecuada de los derechos humanos de las personas afectadas por desastres naturales.
Garantías generales
La ONU además reconoce garantías generales para salvaguardar los derechos de las personas afectadas por desastres. Algunas de las garantías son especialmente relevantes para la comunidad latina. Por ejemplo, se establece que las personas afectadas por los desastres naturales no pueden ser objeto de discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, discapacidad, idioma, religión, opinión política, origen nacional o social.
También hay referencias al acceso a la información en un idioma familiar. “Las personas afectadas por un desastre natural o que enfrentan un riesgo inminente de verse afectadas por un desastre natural deberán tener derecho a un acceso fácil a la información, en un idioma que entiendan”, explicita la guía.
La información en un idioma accesible debe incluir datos sobre la naturaleza y nivel del desastre que enfrentan, las posibles medidas de mitigación de riesgos y asistencia humanitaria.
Por otro lado, las víctimas tienen derecho a participar en la planificación y ejecución de las distintas etapas de la respuesta para casos de desastre. “Deberán tomarse medidas focalizadas a efectos de incluir a las personas tradicionalmente marginadas de la participación en el proceso de adopción de decisiones”, establece la ONU.
Otro punto fundamental es el derecho a reclamar: “Las personas afectadas tendrán derecho a reclamar y ejercer sus derechos, así como a recibir apoyo para ello, y contar con recursos eficaces incluyendo el acceso sin impedimentos al sistema judicial”.
Derechos de los inquilinos afectados por un desastre
Además de los derechos universales de los que gozan todas las víctimas de desastres, los inquilinos que se ven afectados por fenómenos como huracanes o inundaciones tienen protecciones especiales.
Tal como explica Legal Aid, si usted es inquilino y su hogar fue seriamente dañado por un desastre natural que le impide seguir viviendo allí por tornarse inseguro o insalubre, usted tiene derecho a:
- Contactar al dueño durante los primeros 10 días de ocurrido el desastre y comunicarle que desea cancelar su alquiler. En ese caso, sólo deberá pagar las cuotas adeudadas hasta el día en que tuvo lugar el daño.
- Si usted desea o debe quedarse en el hogar dañado por un desastre, el dueño deberá hacer las reparaciones necesarias para que la casa esté decente y segura. Las reparaciones deben ser realizadas en un tiempo razonable. De lo contrario, usted puede abandonar la casa, adeudando solamente las cuotas hasta el día de ocurrido el desastre.
Derechos de los propietarios
Los propietarios de viviendas, por su parte, también cuentan con derechos específicos que los amparan en caso de desastre. En ese sentido, tal como indica Legal Aid, tienen derecho a solicitar asistencia de FEMA siempre y cuando cumplan los siguientes requisitos:
- Haber sufrido daños en su vivienda no cubiertos por el seguro
- Ser ciudadanos estadounidenses o extranjeros calificados
- Poseer su vivienda en un área declarada como “de desastre”
- No poder acceder a su vivienda debido al desastre o verse impedido de habitarla
En aquellos casos en los que un propietario cumpla con los requisitos y tenga derecho a solicitar los beneficios de FEMA, podrá recibir la siguiente asistencia:
- FEMA podría proveerle dinero para una nueva vivienda o un refugio temporal
- FEMA podría proveerle hasta $33,000 para reparar daños no cubiertos por el seguro que sean necesarios para poder habitar su hogar
- FEMA podría proveerle dinero para la construcción de una nueva vivienda